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nuevaweb2021 noviembre 21, 2022 0 Comments

CALCULADORA INDEMNIZACIÓN ACCIDENTE DE TRÁFICO

Navegando por internet podemos localizar páginas web indicando que calculan el importe que correspondería percibir como consecuencia de un accidente de tráfico.

A la hora de analizar las indemnizaciones obtenidas debemos considerar estas valoraciones como aproximadas, en el mejor de los casos, sino que erróneas. Estas herramientas tienen en consideración varios factores que deben ser analizados para valorar su grado de exactitud a la hora de cuantificar el importe a percibir por el damnificado.

En primer lugar, analizaremos el tiempo de baja transcurrido entre la fecha del accidente y la estabilización de las lesiones sufridas o su desaparición.

 Los días transcurridos entre el accidente y la fecha en que se valorará la estabilización o remisión de las lesiones sufridas debe ser objeto de análisis a la hora de valorar, si se trata de días impeditivos o no impeditivos. Esta diferenciación afecta directamente a las cuantías que se deben aplicar según el baremo de aplicación. 

Una vez calculado el importe correspondiente a la indemnización por los días transcurridos se debe valorar si ha habido una curación total de las lesiones sufridas, o, si han quedado secuelas que deban ser valoradas, no por una calculadora sin experiencia profesional al respecto, sino por un especialista. Aquí es donde entra en juego la especialización y el equipo de profesionales que rodean al abogado, tales como el perito médico y otros profesionales del sector.

Las calculadoras que podemos encontrar en internet dejan al azar la valoración de las secuelas resultantes, lo que se denominaría lesiones permanentes. Estas lesiones se valoran en puntos, y el buen hacer de los profesionales del sector son a quienes corresponde realizar la valoración de las mismas.

Cuando tratamos el tema de una indemnización por accidente de tráfico no podemos obviar que el resarcimiento económico al que tiene derecho el lesionado no se circunscribe únicamente al período de baja, laboral o no. O a la valoración del perjuicio estético y secuelas. También se deben considerar aspectos como el lucro cesante y los gastos en los que se pudiera haber incurrido como consecuencia del accidente sufrido.

En muchas ocasiones, especialmente en el caso de motoristas, se sufren daños en efectos materiales, tales como, el casco, la chaqueta, los pantalones, calzado y otros enseres personales que han sido dañados como consecuencia de la caída contra el asfalto. Todos estos elementos personales deben ser reemplazados por otros de igual valor para compensar esa pérdida. Aunque parezca un detalle de menor importancia, en muchos casos, estamos tratando de objetos de una gran valoración económica que deben ser considerados en la indemnización a percibir. Una calculadora predefinida no puede valorar los mismos dado que se necesita el asesoramiento de un especialista. Es el profesional del sector el que debe asesorar a cómo proceder para que la reclamación pueda llegar a buen puerto. 

También es muy corriente que el damnificado haya sufrido otro tipo de pérdidas materiales como suele ser el caso de los daños sufridos por el vehículo afectado en el siniestro. Desde un patinete, motocicleta, bicicleta hasta el propio coche. En todos estos casos la valoración que se le da al vehículo requiere de un asesoramiento profesional. En numerosas ocasiones hemos visto como las compañías aseguradoras ofrecían cuantías significativamente inferiores a las del valor de mercado del vehículo. En el caso de haber sido aceptados por los damnificados habrán sufrido una pérdida patrimonial que no ha sido posible valorar con anterioridad por parte de una calculadora. Simplemente, no está preparada para realizar esa cuantificación.

Este último punto nos lleva al análisis de la pérdida por lucro cesante. Elemento ampliamente desconocido por la mayoría del público en general. 

En este aspecto, a la hora de ejemplificarlo, deberíamos hacer una separación inicial del tipo de accidentado ante el que nos encontramos. No es lo mismo hablar de una persona con contrato de trabajo que de un trabajador autónomo. En el primero de los casos su pérdida por lucro cesante se podrá calcular, de una forma generalizada, entre el importe líquido que percibía en su nómina mensual con anterioridad al accidente y la que pasa a percibir tras el mismo. Mientras que en el segundo caso deberíamos proceder a un análisis fiscal de su cuenta de pérdidas y ganancias para poder establecer con exactitud la cuantía indemnizatoria que le corresponda.

Podemos ver con claridad que a la hora de establecer estas últimas pérdidas tratadas no es válido el uso de una calculadora. Debe haber una relación entre el accidentado y el profesional en la que habrá que dirimir cual es el importe correcto objeto de reclamación. 

Concluiremos estableciendo que las visitas a nuestro despacho para consultar su situación son totalmente gratuitas y que por ello no deberían dejar el cálculo de su indemnización a una calculadora, una máquina. Hágalo con un abogado especialista en accidentes de tráfico.

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